Ley que emerge en pos de alcanzar la igualdad plena y efectiva entre hombres y mujeres, ante la resistencia al cambio a nivel institucional y social, a pesar de las movilizaciones y acciones sociales de “concienciación.”
La Ley se basa en dos principios que sustentan la intervención. El principio de presencia o composición equilibrada, que trata de garantizar una representación significativa de ambos sexos en órganos y cargos de responsabilidad. Y el principio de acciones positivas orientado a eliminar barreras que separan a las mujeres de la igualdad efectiva.
Si bien hay avances, el estudio señala que estos siguen siendo lentos y alerta la necesidad de adelantar políticas más agresivas para reducir las brechas no sólo salariales, sino de acceso al poder ejecutivo, al poder de participación y al poder cultural o de legitimación. Señalaremos brevemente algunas de las conclusiones del estudio:
Primero, según la encuesta de Word Ecomomic Forum, en 2018, para el caso español, el acceso al poder político sigue siendo la principal brecha de género (77,1%); seguido del déficit de participación económica (41,9%), mientras esta se reduce significativamente en el acceso a la educación (4,4%) y a la salud (4,6%). Como se observa en el siguiente gráfico:
Segundo, como puede comprobarse en la tabla
(2020:15), a las mujeres el acceso a un mayor capital cultural no les ha supuesto de manera significativa mayor poder en el campo laboral de la cultura. Muchas de ellas, formadas en este campo, no registraron sus obras, contenidos o servicios. Ellas acceden cada vez más a la universidad, adquieren mayores acreditaciones académicas que los hombres; pero cuando se enfrentan al mercado laboral no logran acceder al mismo, ni registrar y visibilizar sus productos ni alcanzar niveles de poder similares a los de los hombres. Si en el campo académico del ámbito de la cultura ellas llegan a representar el 60%, en el mundo laboral su participación no supera el 40%. “La capacidad de producir contenidos susceptibles de ser distribuidos en el mercado y de producir recursos económicos para sus titulares [ver tabla], separa a las mujeres 26 puntos con respecto a los hombres” (Anlló et al, 2020:16); lo cual supone un despilfarro de talento y creatividad.
(2020:15), a las mujeres el acceso a un mayor capital cultural no les ha supuesto de manera significativa mayor poder en el campo laboral de la cultura. Muchas de ellas, formadas en este campo, no registraron sus obras, contenidos o servicios. Ellas acceden cada vez más a la universidad, adquieren mayores acreditaciones académicas que los hombres; pero cuando se enfrentan al mercado laboral no logran acceder al mismo, ni registrar y visibilizar sus productos ni alcanzar niveles de poder similares a los de los hombres. Si en el campo académico del ámbito de la cultura ellas llegan a representar el 60%, en el mundo laboral su participación no supera el 40%. “La capacidad de producir contenidos susceptibles de ser distribuidos en el mercado y de producir recursos económicos para sus titulares [ver tabla], separa a las mujeres 26 puntos con respecto a los hombres” (Anlló et al, 2020:16); lo cual supone un despilfarro de talento y creatividad.
Como señala Anlló, remontando a Bourdieu, el campo cultural está dominado por los hombres; son ellos quienes determinan los valores y cánones de calidad artística, a la vez que instruyen a la población para que los interiorice y garantizar así su posición hegemónica.
Además, es de destacar la amplia brecha en las creaciones de las mujeres respecto a las de los hombres, relacionada con la técnica y las TIC´s; situación preocupante dada la tendencia de su posicionamiento en la producción cultural, lo que puede ahondar en un futuro la desigualdad.
Tercero, a pesar de las mejoras en cuanto al acceso al poder ejecutivo, las mujeres no representan más de una tercera parte de las direcciones generales (o cargos de entidad superior); pero avanzan lentamente en los niveles de las subdirecciones.
Cuarto, la presencia de las mujeres como jurados aumenta en 36%; en las comisiones de valoración y ayudas en un 19%, llegando a la paridad. Igualmente se ha alcanzado participación casi paritaria en los Consejos de Cooperación Bibliotecaria, Junta de Ca¬lificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico y Consejo Estatal de las Artes Escénicas y de la Música—excepto en el caso del Consejo Estatal de las Artes Escénicas y de la Música, cuya participación es del 30%-. Los patronatos y los órganos de gobierno son los menos permeables a la participación de las mujeres en el poder, ellas apenas representan el 25%.
Cuarto, la presencia de las mujeres como jurados aumenta en 36%; en las comisiones de valoración y ayudas en un 19%, llegando a la paridad. Igualmente se ha alcanzado participación casi paritaria en los Consejos de Cooperación Bibliotecaria, Junta de Ca¬lificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico y Consejo Estatal de las Artes Escénicas y de la Música—excepto en el caso del Consejo Estatal de las Artes Escénicas y de la Música, cuya participación es del 30%-. Los patronatos y los órganos de gobierno son los menos permeables a la participación de las mujeres en el poder, ellas apenas representan el 25%.
Destaca el impenetrable acceso al poder cultural. El poder de legitimación artística es vergonzosamente masculino. Ellos ocupan el 77% de los puestos de directivos de los centros con producción o programación cultural vinculados al Ministerio. Bien sea por dependencia directa o mediante adscripción o consorcios. Más aún, esta desigualdad llega al 88% en los cargos de dirección artística.
Investigaciones como esta muestran la dificultad de remover la desigualdad entre hombres y mujeres. Sería interesante replicar este tipo de estudios en otros contextos para analizar la eficacia de la ley.
BIBLIOGRAFÍA
Anllo, F., Fernández, J., Martínez, E.. López, C.M., Peña, E. 2020, Informe sobre la aplicación de la Ley de Igualdad en el ámbito de la cultura en el marco competencial del Ministerio de Cultura y Deporte, España.
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