domingo, 26 de julio de 2020

DERECHOS DE LA NIÑEZ: UNA CONQUISTA MUY RECIENTE


Derechos de la niñezSorprende la tardía construcción del niño/a como sujeto de derechos. Guío (2016) devela cómo la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, supuso un hito importante en la protección de los derechos humanos, por tres aspectos.

1) El menor pasó de ser objeto de protección a ser sujeto de derechos, enmarcado dentro del paradigma de la protección integral. Bajo el anterior paradigma sólo estaban protegidos las niñas y los niños que estaban bajo la potestad irrestricta del padre de familia y aquellos menores bajo la jurisdicción de funcionarios del Estado. 

2) El menor pasó de ser considerado objeto de compasión-represión a ser sujeto de derechos.

3) Los derechos del menor se plantean como universales. Restando fuerza a la discrecionalidad de las prácticas de “protección” culturales. Como señala García Méndez: “la historia es muy clara en mostrar las peores atrocidades contra la infancia cometidas mucho más en nombre del amor y la protección, que en nombre explícito de la propia represión” (1999: 30).

4) Bajo el enfoque de derechos la CDN se plantea al infante como una población con necesidades específicas, marcando así el derrotero para la protección de los derechos humanos a partir de 1989. Son personas que ejercen sus derechos, progresivamente adquieren capacidad jurídica de ejercicio y tienen la facultad de ser escuchados y sus opiniones deben ser tenidas en cuenta en función de su edad y desarrollo (Guío, 2016).

El Instituto Interamericano del Niño, organismo especializado en infancia y adolescencia de la Organización de Estados Americanos (OEA), divide el texto de la convención en tres enfoques:

  • El enfoque de los cinco grupos. Los derechos de los niños se clasifican en las categorías de supervivencia, protección, desarrollo, participación y movilización.
  • El segundo enfoque, o de las tres “p”: protección, participación y provisión.
  • El enfoque de los cuatro principios: la no discriminación; la vida, supervivencia y desarrollo; el interés superior del niño; y el respeto por sus opiniones (Instituto Interamericano del Niño, 2011: 11, citado por Guío, 2016: 109).

Este marco jurídico de orden internacional, replantea las relaciones de la infancia con los adultos y con el estado y, especialmente, con la familia. Sobre este marco se sustenta buena parte de la discusión sobre el cuidado de los y las niños/as y adolescentes, derechos que aún no se cristalizan en buena parte del planeta y amerita estudiar y visibilizar. 


BIBLIOGRAFÍA

Guío, Rosa, 2016, La protección jurídica para los niños en el conflicto armado colombiano: de la declaración de ginebra al protocolo facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados, estándares internavcionales. En: -Vivas, T. (edi), Derechos humanos, paz y pos conflicto en colombia. Bogotá, Universidad Católica.

García Méndez, Emilio, 1997, "Derecho de la Infancia Adolescencia en América Latina. De la situación irregular a la protección integral", Ed. Forum Pacis, Ibagué.

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