miércoles, 18 de mayo de 2022

REFLEXIONES EN TORNO A LA CIUDADANÍA

Representación del concepto
El concepto de ciudanía, como construcción social, es la síntesis de procesos de inclusión y exclusión en torno a una comunidad política, asociada a una serie de derechos como resultado de los intereses y/o luchas de determinados colectivos. Si bien, dichos derechos tienen un carácter universal para una comunidad política determinada, estos poseen una connotación móvil expresada en procesos de avance y retroceso, de inclusión y exclusión de sujetos, y de acción colectiva.

T.H. Marshall, sociólogo británico, escribe un ensayo en 1950 sobre ciudadanía y clase social (1998). En él destaca la doble dimensión del concepto de ciudadanía. Por un lado, su esfera de igualdad legal y política; y, por otro lado, de desigualdad material. Plantea tres dimensiones de la ciudadanía para el ejercicio pleno de la misma: la ciudadanía civil que integra derechos y libertades individuales; una ciudadanía política, que abarca derechos políticos; y una ciudadanía social que incluye derechos económicos, sociales y 
culturales. Desde esta perspectiva, presenta una teoría evolucionista de la ciudadanía, desde una posición crítica a la teoría y a la práctica liberal-individualista de la ciudadanía.

Es en el siglo XX, en el marco de la cristalización de los Estados modernos, la ciudadanía se va a deconstruir a la par con la emergencia del Estado de Bienestar, el cual consagra derechos económicos y sociales, tales como el derecho a la educación, a la salud, a las pensiones, al trabajo o a la vivienda, sexuales y de reproducción, entre otros. Esto supone un proceso creciente de desmercantilización, de solidaridad colectiva y de responsabilidad del Estado sobre el bienestar de los ciudadanos, liberando a las familias y a los individuos de su exclusiva responsabilidad, mientras que el individuo se reafirma como sujeto colectivo.

En la actualidad, esta perspectiva evolucionista ha sido puesta en en cuestión, especialmente con el avance de las políticas neoliberales, lo cual ha supuesto un retroceso en materia de derechos económicos, sociales y culturales, acompañado de un discurso radical contra la migración.

A la par de esta reflexión emerge la perspectiva comunitarista, la cual destaca los vínculos comunitarios –rotos por la emergencia del Estado-nación- y las identidades y lealtades nacionales, sobre las identidades locales y globales (Kymlicka, 2002). Es una llamada a volver a construir el tejido comunitario como espacio de acción, identidad y solidaridades, disputando al Estado espacios de acción, participación y gestión.

Gaete et al. (2022) destacan la emergencia de dos tipos de ciudadanías. Una, llamada ciudadanía radical (Chantal Mouffe,1999), la cual destaca cómo la lucha y el antagonismo social posibilita la ampliación de los derechos y en esa medida la inclusión de los apartados, de los excluidos como sujetos de derechos, es decir, como ciudadanos. Y otra, la ciudadanía medioambiental, que afirma que estos problemas superan las fronteras del Estado-nación y que se definen desde el humanismo cosmopolita (Dobson, 2005). Desde esta perspectiva, se destaca la naturaleza como sujeto jurídico de derecho; la apuesta por la ampliación de los derechos, por ejemplo, el derecho a un aire y un agua limpios, el derecho a participar en decisiones de impacto medioambiental, en pos de la búsqueda de modelos de consumo alternativos, individuales y colectivos, respetuosos con la naturaleza.

Por último, quisiéramos destacar que el concepto de ciudadanía como expresión universal de derechos de una comunidad política se fundamenta en la pertenencia a dicha comunidad. Es decir, si no eres ciudadano no eres sujeto de derechos plenos. Presentándose una contradicción entre los principios de igualdad y solidaridad en que se fundamentan formalmente los derechos humanos. Por ello, queremos volver a rescatar el concepto de comunidad planteado en otra de nuestras entradas del blog, trayendo a colación la reflexión de Esposito (2012), quien señala que si nos construimos como comunidad bajo el principio de lo que nos une, siempre asumiremos al otro como un sujeto con déficit, carente de lo que nosotros somos. Es decir, como subalterno, sin reconocer ni valorar su otredad. Por ello, parafraseando la idea de comunidad de Espósito, la comunidad política o cualquier tipo de comunidad debería basarse en la hospitalidad: esto supone la gratuidad, el deber de priorizar al otro respecto al yo. Al priorizar al otro, a su fragilidad, me entrego a su necesidad.



BIBLIOGRAFÍA

Dobson, A. (2005). Ciudadanía ecológica. Isegoría, (32), 47-62. https://doi.org/10.3989/isegoria.2005.i32.437.

Esposito, Roberto (2012). Inmunidad, comunidad, biopolítica. Las Torres de Lucca Nº 1 (julio-diciembre 2012): 101-114 Istituto Italiano di Scienze Umane, Italia. Traducción: Daniel Lesmes.

Gaete, J. et al., 2022, Análisis reticular de las ciudadanías preconstituyentes emergentes en Chile. Una exploración con redes neuronales artificiales. Revista hispana para el análisis de las redes sociales, vol.33, #2, 2022, 158-175.

Kymlicka, W (2002). Contemporary Political Philosophy, an Introduction. Second Edition, Oxford University Press.

Marshall, T. H. y Bottomore, T. (1998), Ciudadanía y clase social, Madrid, Alianza.

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