lunes, 17 de diciembre de 2018

¿QUÉ ES EXTERNALIZACIÓN DE FRONTERAS?

Australia fue el primer país en implementar la política de externalización de fronteras, la cual fue asumida posteriormente por la Unión Europea.

En 2001 Australia aprueba la Solución del Pacífico, que establece que las personas solicitantes de asilo que se acercaran por mar a su territorio sin visado, pueden ser detenidas y trasladadas a “centros de procesamiento” o “centros de detención” de terceros países. Igualmente, externaliza la gestión de los trámites de asilo a través de una empresa privada y señala que las personas reconocidas como refugiadas deben permanecer en terceros estados sin llegar a pisar territorio australiano, siendo confinadas en las Islas de Nueva Guinea.

Es así como emerge la externalización de fronteras, que se enmarca en lo que calificamos como racismo institucional –concepto que analizaremos en la próxima entrada-, cuyo objetivo es desplazar la gestión de las fronteras exteriores europeas hacia países del Sur, para impedir la llegada de personas refugiadas e inmigrantes. Gestión denunciada por organizaciones de derechos humanos como SOS Racismo por su falta de criterios de transparencia, legalidad y humanidad. Bien sea por las condiciones de internamiento de los centros; por vulnerar el principio de no devolución, al devolver a las personas a sus países de origen sin un examen previo de sus solicitudes de origen; y por acrecentar la exposición de los migrantes a las redes de trata de personas y exponer con ello la vida de centenares de migrantes cuya única “ilegalidad” es apostar por una vida diferente, lejos de la guerra, del hambre y/o de la exclusión social y económica a que están sometidos en sus países de origen.

En este contexto, la política migratoria de la Unión Europea se centra cada vez más en el control de las fronteras a través de un extenso dispositivo militar orientado a impedir la salida de personas de origen subsahariano del continente africano, delegando el control fronterizo en Estados cuyo prestigio en materia de respeto a los derechos humanos es dudoso, como es el caso de Marruecos, Argelia, Libia, Maruitania y Senegal.

Como señala CEAR-Euskadi, la externalización de fronteras está asociada a barreras de ingreso a través de políticas como: 1) Mandato de visados, lo cual se convierte en un impedimento para el ingreso de las personas refugiadas. 2) Militarización de fronteras y reforzamiento de la Agencia Europea de Fronteras Exteriores (FRONTEX); 3) Impermeabilización de fronteras europeas a través de construcción de muros y vallas, ampliación de los dispositivos de seguridad y control, sumado a los obstáculos a la petición de asilo. 4) Centros de detención en terceros países. 5) Firma de acuerdos de readmisión; 6) Privatización del control migratorio mediante la imposición a las empresas de transporte de obligaciones de control de documentación de los y las pasajeras, con multas ante su incumplimiento.

Toda una estrategia que prioriza políticas de seguridad y de control de flujos migratorios sobre el respeto a los derechos humanos de las personas refugiadas e inmigrantes, a quienes se criminaliza: “se les detiene por lo que son, no por lo que han hecho” (Bazzaco, 2008:76).


BIBLIOGRAFÍA

Bazzaco, Edoardo, 2008, La inmigración en España: racismo institucional y racismo social. Paples, nº 103 2008.

CEAR. INFORME 2017: Las personas refugiadas en España y Europa. Comisión Española Ayuda al Refugiado.

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