Nos referimos a la subcontratación, contratación de funciones o tercerización cuando se produce el encargo por parte de una empresa (contratante) a otra empresa o a un individuo (contratista) de la prestación de una función, servicio o proceso empresarial. Ese es, de los tres conceptos, el más general, el que engloba a los otros tres.
En particular, debemos hablar de externalización o outsourcing cuando se realiza la contratación de una función o servicio que con anterioridad la empresa contratante desarrollaba internamente. Sub-contratación se utiliza cuando dicha función no había sido ejecutada internamente con anterioridad por la empresa contratante.
Utilizaremos el término relocalización cuando la externalización implica desplazamiento espacial del trabajo y la función, proceso o subproceso, se presta desde un lugar diferente de las instalaciones de la empresa contratante. Como una variante de esta última, el offshoring o relocalización a distancia se da cuando la relocalización se realiza hacia otro país.
Utilizaremos el término relocalización cuando la externalización implica desplazamiento espacial del trabajo y la función, proceso o subproceso, se presta desde un lugar diferente de las instalaciones de la empresa contratante. Como una variante de esta última, el offshoring o relocalización a distancia se da cuando la relocalización se realiza hacia otro país.
REFERENCIAS
López, C.M. y Seco, E. (2012) Desarrollo de una organización sistémica en la banca colombiana, 1990-2009, en Revista Venezolana de Gerencia, Nº 59 Julio-Septiembre.
Wëiss, A., Seco, E. y Ríos, J. (2009), Cambio empresarial y nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Nuevas formas de organización y trabajo. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia.
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