Imagen de un puesto de trabajo del sector |
Rodríguez Fernández y Pérez del Prado publican en el último número de Cuadernos de Relaciones Laborales (2019) los resultados de una pequeña investigación sobre condiciones de trabajo y empleo en el sector informático, utilizando la metodología del estudio de caso.
Como resultados destacan que la formación se maneja de manera discrecional por parte de las empresas. La tendencia hacia una mayor flexibilidad horaria y el aumento de las horas trabajadas efectivamente. La ausencia de normas que regulen el trabajo. La debilidad de la negociación colectiva, en favor de la negociación directa o individual. La desconfianza de las empresas frente al teletrabajo y la fragmentación generacional de las expectativas de los trabajadores en cuanto a ese aspecto (los más veteranos valoran más el teletrabajo). El desapego de los trabajadores más jóvenes, que han asumido la estrategia de cambiar de empresa para obtener mejores condiciones. Las dificultades que, para la conciliación de la vida laboral y familiar, suponen todos esos cambios que se dan en el sector. O la aún baja tasa de feminización que se da en el sector.
El trabajo nos parece interesante pero faltaría relacionar un poco más unos factores con otros. Por ejemplo, cómo la desregulación permite el despliegue de la flexibilidad, e desarrollo de derechos de los trabajadores tales como la conciliación o el teletrabajo; y, facilita también, el llamado desapego de los trabajadores jóvenes. Aspectos que, a su vez, redundan en una menor feminización de las plantillas.
Tal vez debido a que únicamente estudian dos empresas, no vemos ninguna referencia a uno de los factores que explican la evolución del sector: la fuerte subcontratación, que debilita las condiciones de los trabajadores y, posiblemente, la situación de mercado de algunas empresas.
BIBLIOGRAFÍA
Rodríguez Fernández, M.L. y Pérez del Prado, D. (2018) El impacto de la economía 4.0 sobre las condiciones de trabajo y empleo. Estudio de caso en dos empresas de base tecnológica. En: Cuadernos de Relaciones Laborales 36(2) pp. 355-372.
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