sábado, 31 de octubre de 2015

GLOBAL GENDER GAP INDEX, EL RANKING DE IGUALDAD DE GÉNERO

Parlamento de IslandiaEn este blog no solemos hacer referencia a rankings que comparan el nivel de felicidad de los países porque ponemos en cuestión de qué manera puede medirse la felicidad. Estas clasificaciones pueden ser tan maleables que han llegado a considerar a un país en conflicto armado y con millones de desplazados la nación más feliz del mundo.

Pero hoy queremos difundir el ranking de los países con mayor grado de igualdad de género, que elabora el Global Economic Forum. Se llama Global Gender Gap Index (Índice Global de Igualdad de Género).

Como se comenta en Everyday Sociology, la elaboración de este indicador está basada en cuatro principales aspectos: Economía y Empleo, que incluye proporción de mujeres en la población activa, igualdad salarial; Educación (que analiza grado de alfabetización y matriculaciones); Esperanza de vida; y Participación de las mujeres en política.

La lista está encabezada por Islandia que, como se comenta en el citado blog, inició en 1975 con la Huelga de Mujeres un proceso hacia la iguladad de género a través de una solución política. Curiosamente, de un modo similar a como se enfrentó la crisis financiera global que tan gravemente afectó al país nórdico. Y es que en Islandia, en lugar de mercantilizar los problemas, la sociedad se sirve de la política para regularlos.

Siguen a Islandia en el ranking países nórdicos como Finlandia, Noruega, Suecia y Dinamarca.


domingo, 25 de octubre de 2015

INDIVIDUALISMO INSTITUCIONALIZADO O ATOMIZACIÓN

El proceso de individualización está ligado a la mercantilización de la fuerza de trabajo, a la construcción de derechos de propiedad social, a la transformación de estructuras sociales como la familia y la escuela; al desarrollo de la subjetividad y de la sexualidad; y al cuestionamiento de las relaciones de género, entre otros elementos. En este sentido, la individualización institucionalizada va más allá de la percepción del individuo, incluye también unas instituciones esenciales a la sociedad moderna, por ejemplo, la necesidad de desarrollar una biografía propia, o de ciertos postulados colectivos.

Si bien la emergencia del individuo se remonta a la época del romanticismo, sólo en los años sesenta es cuando el proceso de individualización emerge de manera contundente. Por ejemplo, si hasta ese momento la biografía de la mujer básicamente tenía dos posibles caminos: uno, casarse y conformar una pequeña familia con hijos, a la cual cuidar mientras al hombre le correspondía ganar el pan de cada día; otro, quedarse soltera cuidando de la familia paterna o de los sobrinos. En la medida en que la mujer accede al mercado laboral y puede acudir –como el hombre- al campo educativo ya no está claro cuál es su biografía ni cómo organiza su vida cotidiana. Ya no es “vivir para los otros” si no “vivir su propia vida”. Casarse o no, con un hombre o con una mujer; redefinir o no su sexo; negociar quién hace las compras y cuida de los niños, quién trabaja, si concebir hijos, incluso sin la participación masculina; son decisiones a tomar que configuran múltiples biografías tanto de mujeres como de hombres.


Formación, mercado y movilidad son condiciones institucionales que

Beck, libertad o capitalismo
apuntan al individuo y no a un colectivo en particular. Cada sujeto debe construir su propio modelo educativo y realizarse en el mercado laboral. Tanto los hombres como las mujeres se vuelven más móviles en esa espiral de individualización.

La individualización presupone el surgimiento de una dinámica institucional que tiene como destinatario al individuo, y no al grupo. Esto significa que muchos de los problemas que están a su vez condicionados en el plano institucional, se descargan sobre los individuos. Por ejemplo, si no hay plazas en las guarderías hay que resolver cómo dar solución a este problema en el marco familiar. Igualmente, se extiende el concepto del empresario de sí mismo, acorde con el proyecto neoliberal. El proceso es complejo porque se funden a la vez el individualismo neoliberal y el de índole social, experimental, de una manera vigorosa.


Según Beck, habría que diferenciar también entre una individualización producida sobre la base de una seguridad social relativa y una en la que estas seguridades se desvanecen. La primera, la llama individualización y la segunda, atomización. Este proceso de individualización sin garantizar unas condiciones de vida elementales es un fenómeno nefasto, pues con él se socavan los presupuestos del individualismo experimental, los presupuestos de la libertad política (Beck, 2002).


La individualización trae consigo el desmoronamiento de instituciones como la familia, los partidos y las clases sociales, situación que lleva a Beck a plantear la necesidad de construir nuevos conceptos para comprender esta segunda modernidad. Cabe preguntarse; ¿carecen de validez los conceptos con que la sociología ha interpretado la sociedad hasta el momento? ¿Son actualmente estos conceptos zombis?



REFERENCIAS


Beck, U. (2000) Libertad o capitalismo. Conversaciones con Johannes Willms. Barcelona: Paidós.

jueves, 15 de octubre de 2015

CATEGORÍAS ZOMBI

Ulrich Beck nos invita permanentemente a crear nuevos conceptos y
Fotografía del sociólogo alemán
categorías sociológicas orientadas a comprender la sociedad actual. Distanciándose de la corriente postmoderna llama la atención de la necesidad de repensar la sociedad y darle de nuevo estatus al campo de lo político. Categorías zombi alude a la necesidad de deconstruir y construir conceptos que permitan comprender la realidad actual.

Por ejemplo, para Beck, con los procesos crecientes de desarrollo tecnológico y de globalización conceptos como Estado-nación, familia o nacionalismo emergen como categorías zombis, vivas-muertas, dada su imprecisión para interpretar la sociedad de hoy. Por ello es inapropiado comprender la sociedad actual en términos de la modernidad. Sugiere hablar de la existencia de varias modernidades, primera y segunda modernidad. En este caso, Beck construye el concepto de segunda modernidad para comprender sociedades inmersas en procesos crecientes de globalización, de riesgo mundial, de individualización institucionalizada y de precarización del trabajo - brasileñización -. Distante del concepto de primera modernidad que alude a sociedades construidas en base al Estado-nación y soportadas por grandes discursos colectivos, el empleo asalariado y una sólida base industrial. En este sentido, el concepto de primera modernidad y los ligados a éste como Estado-nación y nacionalismo serían conceptos zombi, vivos-muertos.

En este mismo sentido, el nacionalismo actual no puede ser entendido con los parámetros tradicionales de nacionalismo de la primera modernidad. ¿Cómo comprender el nacionalismo en el marco de sujetos articulados a procesos de comunicación mediados por las nuevas tecnologías que redefinen sus habitus de actuar, interpretar, valorar y de estar en el mundo? Como categoría zombi, es necesario deconstruir-construir dicho concepto para darle sentido y capacidad interpretativa.

Las categorías zombi son un llamado a la deconstrucción y construcción de nuevos conceptos y categorías para hacer de la sociología una ciencia viva, cambiante como la realidad misma.


REFERENCIAS

Beck, Ulrich (2000) The cosmopolitan perspective: sociology of the second age of modernity En: The British Journal of Sociology, vol. 51, nº 1, pp. 79-105.

martes, 6 de octubre de 2015

CÓMO PERSONALIZAR EL MENÚ DE SPSS

Editor de menús de SPSS
Utilizando el editor de menús de SPSS podemos añadir la ejecución de sintaxis o procesos que hayamos diseñado, además de conectarnos con otras aplicaciones o intercambiar datos con las mismas.

Para acceder al editor de menús seleccionaremos “Ver” y después “Editor de Menús”. Posteriormente haremos doble click en “Nuevo Menú” si deseamos construir un menú nuevo, o navegar hasta la parte (submenú) de otro menú ya creado donde queramos colocarlo.

En el botón de abajo podemos seleccionar una aplicación que se va a ejecutar, la sintaxis o el proceso spss. De esta manera tendremos más a mano rutinas que reproducimos repetidamente en nuestro trabajo con SPSS.

martes, 29 de septiembre de 2015

OPACIDAD JURÍDICA DEL ACOSO LABORAL

Carmen Marina López y Enrique Seco (2015) definen la Opacidad Jurídica de un fenómeno como el conjunto de mecanismos que llevan a la invisibilización del mismo. Es el caso del mobbing, cuyo proceso se inicia con una denuncia de acoso laboral, pero la forma como se desarrolla en las diferentes instancias jurídicas lleva a que el fenómeno quede totalmente invisibilizado, sin contribuir a hacer del mobbing un problema social, digno de ser prevenido, sancionado y reparado.

En su artículo sobre “la Eficacia de la Ley 1010/2006 de acoso laboral en Colombia, una intrerpretación desde la sociología”, basado en el análisis de entrevistas semiestructuradas y en expedientes sobre acoso laboral en Colombia, se señala que la opacidad jurídica del acoso laboral está vinculada a tres elementos: primero, a la poca visibilización del fenómeno en el campo jurídico; segundo, a los débiles mecanismos de sanción y reparación; y por último, a la poca relevancia que se le da al daño.

En cuanto al primero, argumenta que los pocos expedientes fallados a favor de la víctima responden a casos de sujetos que gozan de especial protección, como son mujeres en estado de embarazo y enfermos con patologías graves, que demandan el derecho a la estabilidad laboral reforzada, siendo el acoso laboral una pretensión subsidiaria. Es decir, la principal reclamación es el reconocimiento de la indemnización por despido sin justa causa o el reintegro del trabajador/a en tanto el fenómeno del acoso es invisibilizado. En este sentido, no hay sanción ni reparación, ni mucho menos reflexión sobre el acoso laboral causado, el cual afecta a la integridad psíquica y a la salud mental de la víctima, lo que lleva a una opacidad del fenómeno.

Respecto a los débiles mecanismos de sanción y reparación, los autores señalan que: primero, en la mayoría de los casos, no hay sanción para el sujeto acosador ni para la empresa que lo tolera; y segundo, no hay reparación moral de la víctima; lo que desencadena en el desinterés por parte de los operadores de justicia en ahondar en la raíz del problema y en develar la injusticia sobre las conductas de mobbing a través de la Ley 1010. De tal manera que varios expertos se decantan por presentar los casos de acoso a través de la vía penal o la civil, sin centrar la demanda en dicha problemática; invisibilizando jurídicamente el fenómeno.

Por último, la poca relevancia dada al daño ocasionado por estas conductas de harassment in the workplace, tiene dos implicaciones: primera, desconocer la condición de víctima, lo cual dificulta que el sujeto acosado trascienda a su condición de sujeto de derecho a la verdad, la justicia, la reparación y la garantía de no repetición; además de recaer sobre él la carga de la prueba. Segundo, eximir de responsabilidad a las empresas y a los sujetos por el daño causado.

Los anteriores elementos, contribuyen a la opacidad jurídica de un fenómeno y ello incide en la ineficacia de una ley, como es expuesto en el artículo.


BIBLIOGRAFÍA

López, C.M. y Seco, E. 2015, Eficacia de la Ley 1010/2006 de acoso laboral en Colombia, una interpretación desde la sociología. Revista de Derecho N.º 44, Barranquilla, Colombia.

miércoles, 23 de septiembre de 2015

EFICACIA DE LA LEY DE ACOSO LABORAL EN COLOMBIA

Presentamos aquí nuestra última publicación sobre acoso laboral . Desde el campo de la sociología jurídica poco se ha investigado sobre la eficacia de una Ley. López y Seco (2015) se dieron a la tarea de indagar, a través de expedientes jurídicos y entrevistas semiestructuradas, qué tan eficaz había sido la Ley 1010 sobre acoso laboral en Colombia, expedida en 2006. Era el primer país latinoamericano que contaba con una Ley específica en este campo.

La Ley definía el acoso como: “Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo”. Los bienes jurídicos tutelados eran el trabajo en condiciones dignas y justas, la intimidad, la honra, la libertad, la salud mental y la armonía en el ambiente laboral.

Para 2006, el Ministerio de Trabajo señalaba que de las 360 querellas presentadas por acoso laboral, el 24 % fueron consideradas como carentes de interés jurídico y solo el 3,6 % alcanzó la instancia ordinaria. Para el 2013 -después de siete años- el número de denuncias eran prácticamente las mismas. A su vez, el estudio realizado por Seco y López sobre 94 expedientes, halla que sólo 6 denuncias tuvieron un fallo a favor de la víctima, 8 llegaron a conciliación y 75 (80%) fueron fallados desfavorablemente, consideradas como carentes de interés jurídico o el expediente no contaba con información.

Partiendo de la teoría de Bourdieu, el fenómeno se plantea como multicausal y, aunque en este artículo no ahonda sobre su génesis y problematización, sí se maneja como una de sus causas. En esta oportunidad se reflexiona sobre la inoperancia de las entidades preventivas, los mecanismos de prueba, sanción y reparación y la opacidad jurídica del fenómeno.

El estudio concluye que la Ley 1010 no ha contribuido de forma significativa a la prevención, corrección y sanción del mobbing en Colombia, más aún, devela cómo la normativa existente previamente a la Ley brindaba caminos de protección más expeditos para el trabajador en materia de sanción y reparación para conductas conocidas hoy como acoso laboral. No obstante, los autores señalan cómo la Ley ha contribuido, de alguna manera, a la configuración del acoso como problema social en Colombia.


BIBLIOGRAFÍA

López, C.M. y Seco, E. 2015, Eficacia de la Ley 1010/2006 de acoso laboral en Colombia, una interpretación desde la sociología. Revista de Derecho N.º 44, Barranquilla, Colombia.


Seco, E. y López, C. M. (2015). Génesis y problematización de la ley de acoso laboral enColombia. Cuadernos de Relaciones Laborales de la Universidad Complutense, 33 (1), 119-147.

jueves, 17 de septiembre de 2015

ELSEVIER JOURNAL FINDER, BUSCADOR DE REVISTAS PARA ARTÍCULOS

Imagen del portal Elsevier
Cuando buscamos revistas para difundir los resultados de nuestras investigaciones, nos enfrentamos a la carencia de información sobre las mismas, así como al desconocimiento acerca de las temáticas que predominan en ellas. En una entrada anterior orientábamos a las personas que querían publicar sus trabajos en revistas de sociología y de ciencias sociales.

Hoy presentamos una herramienta que ayuda en esa tarea. Se trata de ElsevierJournal Finder, un portal de internet de acceso gratuito que, rellenando el título del artículo, el resumen del mismo y el campo de investigación al que pertenece, nos facilita las revistas académicas más afines.

A pesar de que el creador de la aplicación es un biólogo molecular, Peter "TJ" Willemsen, nos parece un gran aporte para los científicos sociales.